a).- El Plan Municipal de Desarrollo, así como los planes y programas operativos anuales que se deriven de éste y de la Ley de Planeación para el Estado de Baja California.
b).- El Presupuesto de Egresos Municipal y de las entidades paramunicipales, así como las fórmulas de distribución de los recursos otorgados.
c).- Los ingresos por concepto de participaciones federales y estatales; así como por la recaudación fiscal que se integre a la hacienda pública, incluyendo la de entidades paramunicipales.
d).- Inventario de sus bienes inmuebles, el cual deberá incluir fotografía de los mismos.
e).- El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales.
f).- El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los ayuntamientos.
g).- Las actas de sesiones de cabildo, los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de cabildo y el sentido de votación de los miembros del cabildo sobre las iniciativas o acuerdos.
h).- Las iniciativas de reglamentos o acuerdos, así como el estado que guardan.
i).- Dictámenes y acuerdos aprobados por el Cabildo.