TÍTULO Donaciones_Donaciones en especie realizadas
NOMBRE CORTO LTAIPEBC-81-F-XLIV2
DESCRIPCIÓN La información a publicar corresponderá a las donaciones en especie (bienes muebles o inmuebles) entregadas a terceros, e incluirá los hipervínculos a los correspondientes contratos de donación, en su caso
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Descripción del bien donado Actividades a las que se destinará la donación (catálogo) Personería jurídica del beneficiario (catálogo) Nombre(s) del beneficiario de la donación Primer apellido del beneficiario de la donación Segundo apellido del beneficiario de la donación Denominación de la persona moral Tipo de persona moral; en su caso Nombre(s) de la persona física facultada por el beneficiario para suscribir el contrato Primer apellido de la persona física facultada por el beneficiario para suscribir el contrato Segundo apellido persona física facultada por el beneficiario para suscribir el contrato Cargo que ocupa Nombre(s) del servidor público facultado por el sujeto obligado para suscribir el contrato Primer apellido servidor público facultado por el sujeto obligado para suscribir el contrato Segundo apellido del servidor público facultado por el sujeto obligado para suscribir el contrato Cargo o nombramiento Hipervínculo al contrato de donación Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2022 01/01/2022 30/06/2022 Coordinación de Administración y Finanzas 27/07/2022 27/07/2022 Dentro de la Coordinación de Administración y Finanzas del FIDUM, al cierre del primer semestre del ejercicio 2022 no se realizaron donaciones en especie a terceros.
2022 01/01/2022 30/06/2022 Departamento Jurídico 21/07/2022 21/07/2022 Dentro del Departamento Jurídico del FIDUM, no se cuenta con información que proporcionar, debido a que realizo donaciones en especie (bienes muebles o inmuebles) entregados a terceros.
2022 01/01/2022 30/06/2022 Que se tiene la obligación como fraccionador de donar gratuitamente a favor del Ayuntamiento de Mexicali,Baja California a través de la oficialía mayor, la transmisión de propiedad del lote vialidad de la manzana 2, con una superficie de 414.316 metros cuadrados, lote vialidad 1 de la manzana 3, con una superficie de 414.316 metros cuadrados, lote vialidad 2 de la manzana 3, con una superficie de 414.316 metros cuadrados, lote vialidad 3 de la manzana 3, con una superficie de 414.316 metros cuadrados, lote vialidad 1 de la manzana 4, con una superficie de 414.316 metros cuadrados, lote vialidad 2 de la manzana 4, con una superficie de 414.316 metros cuadrados, lote vialidad 3 de la manzana 4, con una superficie de 414.316 metros cuadrados, lote vialidad 4 de la manzana 4, con una superficie de 360.000 metros cuadrados, todos con uso destinados para vialidades. Lo anterior en virtud de la acción de urbanización, del Desarrollo Urbano Orizaba, mediante el oficio 1289/2003 donde se autoriza a Banco Santander (México), S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, como Fiduciario del Fideicomiso para el Desarrollo Urbano de Mexicali (FIDUM). Otra Persona moral Ayuntamiento de Mexicali Baja California Gobierno Guillermo Rafael Gómez Escalante Director del FIDUM
Departamento Técnico 28/07/2022 28/07/2022 No se realizo un contrato de donación, se realizó la donación en base a la obligación del urbanizador, el donar gratuitamente a favor del Ayuntamiento Mexicali, Baja California, un área destinada para vialidades, destinados a satisfacer las necesidades de la población, para garantizar su adecuada integración al contexto urbano donde se realice un desarrollo urbano. Lo anterior de conformidad con las Leyes y reglamentos de Urbanizacion. Las obligaciones del urbanizador de las áreas destinadas a vialidades, que se establece en el Acuerdo de Fraccionamiento debidamente inscrito en el Registro Público, que establece las áreas que serán donadas y cuya propiedad deberá ser transferida gratuitamente a la autoridad correspondiente una vez concluida la acción de urbanización
2022 01/01/2022 30/06/2022 Se tiene la obligación como fraccionador de donar gratuitamente a favor del Municipio de Mexicali,Baja California a través de la oficialía mayor, la transmisión de propiedad del lote 2 de la manzana 4, con superficie de 2,574.098 metros cuadrados, lote 3 de la manzana 4, con superficie de 2,532.659 metros cuadrados, lote 3 de la manzana 4, con superficie de 2,135.686 metros cuadrados, todos destinados para usos o destinos que determine el gobierno municipal; lote 5 de la manzana 4, con superficie de 2,159.225 metros cuadrados destinado para área verde, lote 6 de la manzana 4, con superficie de 3,149.695 metros cuadrados destinado para laguna de detención, y la superficie de 40,238.318 metros cuadrados correspondiente al total de vías públicas ubicados en el Desarrollo Urbano Bienestar. Lo anterior en virtud de la acción de urbanización del Desarrollo Urbano Bienestar, mediante acuerdo emitido por el Departamento de Fraccionamientos de la Direccion de Administración Urbana en el oficio 201/2021 donde se autoriza a Banco Santander (México), S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, en su carácter de Institución Fiduciaria del Fideicomiso para el Desarrollo Urbano de Mexicali (FIDUM). Otra Persona moral Municipio de Mexicali, Baja California Gobierno Claudia Lorenia Beltrán González Oficial Mayor del XXIV Ayuntamiento de Mexicali Guillermo Rafael Gómez Escalante Director del FIDUM
Departamento Técnico 28/07/2022 28/07/2022 No se realizo un contrato de donación, se realizó la donación en base a la obligación del urbanizador, el donar gratuitamente a favor del Municipio de Mexicali, Baja California, un área destinada para equipamento urbano, vialidades, área verde, laguna de detención, todos destinados a satisfacer las necesidades de la población, para garantizar su adecuada integración al contexto urbano donde se realice un Desarrollo Urbano Bienestar. Lo anterior de conformidad con las Leyes y reglamentos de Urbanizacion. Las obligaciones del urbanizador de las áreas destinadas a vialidades, que se establece en el Acuerdo de Fraccionamiento debidamente inscrito en el Registro Público, que establece las áreas que serán donadas y cuya propiedad deberá ser transferida gratuitamente a la autoridad correspondiente una vez concluida la acción de urbanización.
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