2023 |
01/07/2023 |
30/09/2023 |
Información de requisitos para adquirir un terreno habitacional, comercial, vivienda recuperada y terrenos recuperados. |
Directo |
Público General |
Brindar información sobre los requisitos necesarios para la adquisición de terrenos habitacionales, comerciales, vivienda recuperada y terrenos recuperados. |
Presencial, en línea y telefónico |
No aplica para proporcionar información de la venta de predios. |
No se requiere para proporcionar información de la venta de predios. |
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18/09/2020 |
Inmediato |
No aplica para proporcionar información de la venta de predios. |
No aplica para proporcionar información de la venta de predios. |
No aplica para proporcionar información de la venta de predios. |
1 |
No se requiere para proporcionar información de la venta de predios. |
Gratuito |
Gratuito |
Gratuito |
Políticas Generales para la Promoción, Contratación y Enajenación de Inmuebles del Fideicomiso para el Desarrollo Urbano de Mexicali y Reglas de operación del Programa de Enajenación de Vivienda, así como de Terrenos Urbanos Recuperados para el Municipio de Mexicali, Baja California a favor de Personas Físicas y Morales. |
Recibir un trato digno y obtener la información solicitada, así como Interponer su queja ante la Unidad de Transparencia en forma presencial, electrónica o comunicándose en los telefonos institucionales (686) 555-72-21, (686) 555-72-28 extensión 110. |
No se requiere para proporcionar información de la venta de predios. |
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1 |
1 |
|
Coordinación de Comercialización |
11/10/2023 |
11/10/2023 |
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2023 |
01/07/2023 |
30/09/2023 |
Venta de terreno Habitacional |
Directo |
Persona física |
Proporcionar opciones de solución ante la necesidad de un terreno para habitar. |
Presencial |
Ser persona física que solicite por escrito la adquisición de un predio habitacional, cumpla con la entrega de documentos requeridos y no cuente con bienes inmuebles inscritos a su nombre en la entidad. |
1. Solicitud por escrito en caso de predio para uso habitacional, en el formato respectivo o mediante escrito libre, en el que se identifique plenamente el inmueble; 2. Propuesta de compra y/o esquemas por escrito, en el caso de predio de uso distinto al habitacional, en el que se indique la contraprestación y la forma de pago; 3. Identificación oficial vigente; 4. Comprobante de ingresos, y/o Declaración de no asalariados para predios uso habitacional; 5. Comprobante de domicilio; 6. Clave Única de Registro de Población (CURP); 7. 4 Referencias (2 familiares y 2 personales, con distinto domicilio y teléfono); 8. Carta compromiso de pago del anticipo; y 9. Certificado de no propiedad en el Municipio de Mexicali, expedido por el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado de Baja California, en caso de solicitud de adquisición de un bien inmueble de uso habitacional. |
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18/09/2020 |
Inmediato |
No aplica para el servicio de venta de terrenos habitacionales |
No aplica para el servicio de venta de terrenos habitacionales |
No aplica para el servicio de venta de terrenos habitacionales |
1 |
Se verifica que cumpla con los requisitos necesarios para la compraventa de un terreno habitacional, en la entrega de la documentación, con fundamento en las Políticas Generales para la Promoción, Contratación y Enajenación de Inmuebles del Fideicomiso para el Desarrollo Urbano de Mexicali. |
Variable |
Artículo 81, Fracción I inciso b); III inciso b)1; IV inciso a); fracción IX incisos a) y b), de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California para el ejercicio fiscal 2023. |
Oficina FIDUM |
Políticas Generales para la Promoción, Contratación y Enajenación de Inmuebles del Fideicomiso para el Desarrollo Urbano de Mexicali |
Recibir un trato digno, de lo contrario interponer su queja ante la Unidad de Transparencia en forma presencial, electrónica o comunicándose en los telefonos institucionales (686) 555-72-21, (686) 555-72-28 extensión 110. |
Se forma un expediente con los documentos requeridos para la venta de un terreno habitacional. |
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1 |
1 |
|
Coordinación de Comercialización |
11/10/2023 |
11/10/2023 |
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2023 |
01/07/2023 |
30/09/2023 |
Venta de terreno Comercial |
Directo |
Persona física o moral con capacidad para la adquisición del terreno comercial |
Proporcionar opciones para la adquisición de un terreno para uso comercial. |
Presencial |
Ser persona física o moral que manifieste por escrito la intención de adquirir un predio comercial, y cumpla con la entrega de documentos requeridos. |
1. Persona física a) Solicitud por escrito mediante escrito libre, en el que se identifique plenamente el inmueble; b) Propuesta de compra y/o esquemas por escrito en el que se indique la contraprestación y la forma de pago; c) Identificación oficial vigente; d) Comprobante de ingresos,; e) Comprobante de domicilio; f) Clave Única de Registro de Población (CURP); g) 4 Referencias (2 familiares y 2 personales, con distinto domicilio y teléfono); h) Carta compromiso de pago del anticipo. 2. Persona moral a) Propuesta de compra y/o esquemas por escrito libre, en el que se identifique plenamente el inmueble; b) Poder notarial de la persona representante legal (certificado o cotejado). c) Identificación oficial vigente de la persona representante legal d) Acta constitutiva, acompañada de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio; e) Copia del Registro Federal de Contribuyentes; f) Comprobante de domicilio; g) Carta Compromiso de pago de anticipo; h) Estados de Cuenta Bancarios de los últimos 3 (tres) meses; i) y Estados financieros de los últimos 03 (tres) meses. |
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18/09/2020 |
Inmediato |
No aplica para el servicio de venta de terrenos comerciales |
No aplica para el servicio de venta de terrenos comerciales |
No aplica para el servicio de venta de terrenos comerciales |
1 |
Se verifica que cumpla con los requisitos necesarios para la compraventa de un terreno comercial, en la entrega de la documentación, con fundamento en las Políticas Generales para la Promoción, Contratación y Enajenación de Inmuebles del Fideicomiso para el Desarrollo Urbano de Mexicali. |
Variable |
Artículo 81, Fracción I inciso a); III incisos a)1 y b)2; IV inciso b); IX b), de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California para el ejercicio fiscal 2023. |
Oficina FIDUM |
Políticas Generales para la Promoción, Contratación y Enajenación de Inmuebles del Fideicomiso para el Desarrollo Urbano de Mexicali |
Recibir un trato digno, de lo contrario interponer su queja ante la Unidad de Transparencia en forma presencial, electrónica o comunicándose en los telefonos institucionales (686) 555-72-21, (686) 555-72-28 extensión 110. |
Se forma un expediente con los documentos requeridos para la venta de un terreno comercial. |
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1 |
1 |
|
Coordinación de Comercialización |
11/10/2023 |
11/10/2023 |
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2023 |
01/07/2023 |
30/09/2023 |
Venta de terreno recuperado o vivienda recuperada |
Directo |
Persona física o moral |
Proporcionar opciones de solución ante la necesidad de un terreno o vivienda recuperada. |
Presencial |
Ser persona física o moral que solicite por escrito la adquisición de terreno o casa recuperada, cumpla con la entrega de los documentos requeridos. |
*Persona Física: 1.-Propuesta de intención de compra 2.-Copia Identificación Oficial 3.-Copia Comprobante de Domicilio 4.-Comprobante de Ingresos o llenar carta para personas trabajadoras no asalariadas 5.-Copia CURP 6.-Carta de compromiso de pago de anticipo 7.-(4) Referencias (2 familiares, 2 personales). *Persona Moral: 1.-Propuesta de intención de compra. 2.-Poder Notarial de la persona representante legal (certificado cotejado) 3.-Identificacion oficial vigente de la persona representante legal 4.-Acta constitutiva, acompañada de su inscripción al Registro Público de la Propiedad 5.-RFC 6.-Comprobante de domicilio 7.-Estados de Cuenta bancarios de los últimos 3 meses 8.-Estados Financieros de los últimos 3 meses |
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09/08/2017 |
Inmediato |
No aplica para el servicio de venta de terrenos recuperados o vivienda recuperada. |
No aplica para el servicio de venta de terrenos recuperados o vivienda recuperada. |
No aplica para el servicio de venta de terrenos recuperados o vivienda recuperada. |
1 |
Se verifica que cuente con la documentación necesaria para la compraventa de un terreno recuperado o vivienda recuperada, con fundamento en las Reglas de operación del Programa de Enajenación de Vivienda, así como de Terrenos Urbanos Recuperados para el Municipio de Mexicali, Baja California a favor de Personas Físicas y Morales. |
Variable |
Artículo 81, Fracción I inciso b); III inciso b)1; IV inciso a); fracción IX incisos a) y b), de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California para el ejercicio fiscal 2023. |
Oficina FIDUM |
Reglas de operación del Programa de Enajenación de Vivienda, así como de Terrenos Urbanos Recuperados para el Municipio de Mexicali, Baja California a favor de Personas Físicas y Morales. |
Recibir un trato digno, de lo contrario interponer su queja ante la Unidad de Transparencia en forma presencial, electrónica o comunicándose en los telefonos institucionales (686) 555-72-21, (686) 555-72-28 extensión 110. |
Se forma un expediente con los documentos requeridos para la venta de terreno recuperado o vivienda recuperada. |
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1 |
1 |
|
Coordinación de Comercialización |
11/10/2023 |
11/10/2023 |
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2023 |
01/07/2023 |
30/09/2023 |
Cesión de Derechos |
Directo |
Persona adquirente que quiere transmitir derechos y obligaciones, derivados de la adquisición de bienes inmuebles pertenecientes a esta Paramunicipal o en poder de la misma. |
Ceder la posesión del bien inmueble adquirido, con los derechos y obligaciones descritas en el contrato de compra-venta celebrado, obteniendo la facultad para solicitar el título de propiedad para regularizar el predio. |
Presencial |
Presentar solicitud de regularización de predios y requisitos solicitados ante las oficinas de FIDUM |
Petición por escrito dirigido a la Dirección de FIDUM, solicitando la regularización del predio. Identificación oficial vigente de la persona cedente y cesionaria. Datos generales de la persona cedente y cesionaria. Copia de acta de matrimonio de la persona cedente, si su estado civil es casado(a). No adeudo ante CESPM, (copia recibo último mes). No adeudo de predial (copia recibo año actual). En caso de contar con obra de pavimentación, con la dependencia correspondiente (Consejo de Urbanización Municipal o Junta de Urbanización del Estado) según sea el caso, contar con la obra liquidada. (copia recibo de liquidación). Certificado de Libertad de gravámen fiscal Constancia de finiquito del inmueble. Contrato de compraventa del inmueble. Si es persona moral, además de los documentos anteriormente mencionados, incluirá la siguiente documentación: Acta constitutiva. Personalidad de la persona representante legal. |
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01/01/2023 |
10 días hábiles |
No aplica para la cesión de derechos. |
No aplica para la cesión de derechos. |
6 meses |
2 |
Se verifica que cumpla con los requisitos necesarios para llevar a cabo la cesión de derechos del predio. |
Cesión predios uso habitacional $530.00 M.N. Cesión predios de uso diferentes al habitacional $2,120.00 M.N. |
Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali para el Ejercicio Fiscal 2023 |
Oficina FIDUM |
Articulo 81, fracción II, Incisos c) y d), de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el Ejercicio Fiscal del 2023. |
Demanda de prescripción positiva y juicio de amparo. Queja ante la Unidad de Transparencia del FIDUM |
Se forma un expediente con los documentos requeridos para la cesión del predio. |
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2 |
1 |
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Departamento Jurídico |
12/10/2023 |
12/10/2023 |
La solicitud de cesión de derechos de predios de uso distinto al habitacional se ingresa mediante un escrito libre. |
2023 |
01/07/2023 |
30/09/2023 |
Título de Propiedad |
Directo |
Adquirentes de predios liquidados, pertenecientes a esta Paramunicipal o en poder de la misma. |
Obtener certeza jurídica del patrimonio, respecto al predio adquirido, mediante la emisión e inscripción del título de propiedad en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado. |
Presencial |
Presentar solicitud de titulación y requisitos solicitados ante las oficinas de FIDUM |
Petición por escrito dirigido a la Dirección de FIDUM, de la titulación del predio. Recibo del pago de derecho por la expedición de título. Identificación oficial vigente. Constancia de finiquito. Formato de datos generales, proporcionado en FIDUM. Avalúo certificado. Deslinde certificado. Certificado de Libertad de gravámen fiscal. Certificado de Libertad de gravámen hipotecario. Documento del pago de Impuesto sobre adquisición de inmuebles (ISAI). Recibo de pago de derechos por inscripción del título ante Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Si es persona moral, además de los documentos anteriormente mencionados, incluirá la siguiente documentación: Poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio. Petición por escrito de titulación del predio dirigido a la Dirección del FIDUM, indicando la Notaria Pública elegida, donde se llevará a cabo la escrituración en conjunto con FIDUM. |
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01/01/2023 |
de 4 a 5 meses |
No aplica para el título de propiedad. |
No aplica para el título de propiedad. |
12 meses |
2 |
Se verifica que cumpla con los requisitos necesarios para llevar a cabo la titulación del predio. |
Pago de derechos de la expedición de título habitacional - $530.00 M.N. Firma de Fiduciario por titulo habitacional - $580.00 M.N. Pago de derechos de la expedición de título comercial - $2,120.00 M.N. Firma de Fiduciario de la expedición de título comercial - Varía según predio Constancia de finiquito-gratuito Avalúo certificado-variable según perito Deslinde certificado-variable según perito Certificado de libertad de gravámenes fiscales-Varia, algúnas firmas cambian de costo. cada mes se actualiza Certificado de libertad de gravámenes hipotecario - $470.00, puede cambiar el costo en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles (ISAI) habitacional - 228.00 M.N. incluyendo formato Impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles (ISAI) comercial - Costo generado en notaria y varía según predio. Pago honorarios de Notario Público a su elección, para predio comercial - Varia según notaria. Pago de derechos por inscripción de título ante Registro Público de la Propiedad y del Comercio-Variable según avalúo |
Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali para el Ejercicio Fiscal 2023 |
Oficina FIDUM |
Artículo 81, fracción II, Incisos a) y b); fracción VII, Incisos a) y b), de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el Ejercicio Fiscal del 2023. |
Interponer juicio por escrituración en rebeldía, demanda de prescripción positiva y juicio de amparo. Queja ante la Unidad de Transparencia del FIDUM |
Se forma un expediente con los documentos requeridos para la titulación del predio. |
|
2 |
1 |
|
Departamento Jurídico |
12/10/2023 |
12/10/2023 |
En la titulación de predios, los costos de los documentos pueden varian, algunos se modifican por las Dependencia que los emiten cada mes; la solicitud de titulación de predios de uso distinto al habitacional se ingresa unicamente por escrito libre. |
2023 |
01/07/2023 |
30/09/2023 |
Asesorías y orientaciones |
Directo |
Toda la ciudadanía |
Asesorar, orientar y aclarar las dudas que se presenten en materia de transparencia, protección de datos personales y rendición de cuentas. |
Presencial; en línea |
No se requiere ningún requisito |
No se requiere ningún requisito |
|
02/01/2021 |
Variable |
No se requiere para el servicio de asesoria u orientacion. |
No se requiere para el servicio de asesoria u orientacion. |
|
3 |
No se requiere para una asesoria u orientación |
Servicio gratuito |
Servicio gratuito |
Servicio gratuito |
Artículo 56 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California; artículo 47 fracción I de Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Baja California. |
Interponer su queja ante la Unidad de Transparencia en forma presencial, electrónica o comunicándose en los telefonos institucionales (686) 555-72-21, (686) 555-72-28 y (686) 552-9190 extensión 110. |
No se requiere para el servicio de asesoria u orientacion. |
Auxiliar a las personas en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y de Derechos ARCO, en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable. |
3 |
1 |
|
Unidad de Transparencia y Acceso a la Información |
10/10/2023 |
10/10/2023 |
|
2023 |
01/07/2023 |
30/09/2023 |
Solicitud de Derechos ARCO |
Directo |
Toda la ciudadanía |
La persona titular o su representante legal podrán solicitar en cualquier momento a la unidad de transparencia responsable de tratar sus datos, el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de los datos personales que le corresponden |
Tratándose de una solicitud de acceso a datos personales, la persona titular deberá señalar la modalidad en la que prefiere que éstos se reproduzcan, como copias simples, copias certificadas, medios magnéticos, ópticos, sonoros, visuales u holográficos, o cualquier otra tecnología que determine la persona titular; la entidad responsable deberá atender la solicitud en la modalidad requerida por la persona titular, salvo que exista una imposibilidad física o jurídica que lo limite a reproducir los datos personales en dicha modalidad, en este caso deberá ofrecer otras modalidades de entrega de los datos personales fundando y motivando dicha actuación. |
I. Nombre de la persona titular y su domicilio o cualquier otro medio para recibir notificaciones; II. Los documentos que acrediten la identidad de la persona titular, y en su caso, la personalidad e identidad de su representante; III. De ser posible, el área responsable que trata de los datos personales y ante el cual se presenta la solicitud; IV. La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos ARCO, salvo que se trate del derecho de acceso; V. La descripción del derecho ARCO que se pretender ejercer, o bien, lo que solicita la persona titular; VI. Cualquier otro elemento o documento que facilite la localización de los datos personales, en su caso (opcional). |
Escrito libre o formato de solicitud de derechos ARCO, de ser el caso de escoger este medio. |
|
02/01/2021 |
20 días hábiles, los cuales pueden ampliarse por 10 días más por una sola ocasión, prevía aprobación de Comité de Transparencia y notificación a la persona solicitante antes del vencimiento del plazo establecido. |
Dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente al que recibió la solicitud de los derechos ARCO |
10 días hábiles para atender la prevención, contados a partir del día siguiente al de la notificación. |
Durante un plazo máximo de 60 días, contados a partir del día siguiente en que se hubiere notificado la respuesta de procedencia a la persona titular, la Unidad de Transparencia de la entidad responsable deberá tener a disposición de la persona titular y, en su caso, de su representante los datos personales en el medio de reproducción solicitado y/o las constancias que acrediten el ejercicio efectivo de los derechos ARCO. Transcurrido el plazo que se refiere, la entidad responsable deberá dar por concluida la atención a la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO y proceder a la destrucción del material en el que se reprodujeron los datos personales o de las constancias que acrediten el ejercicio efectivo de los derechos ARCO. Lo anterior, dejando a salvo el derecho que le asiste a la persona titular de presentar una nueva solicitud de derechos ARCO ante la entidad responsable. |
3 |
Verificación de que la solicitud de derechos ARCO, cumpla con los requisitos previstos en el artículo 31 de Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Baja California y sea clara en su petición para estar en posibilidades de dar tramite a la solicitud. |
Servicio gratuito |
El servicio es Gratuito de acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 de de Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Baja California. |
Servicio gratuito |
Capítulo V del Derecho de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de Baja California |
La persona solicitante podrá interponer por sí misma o a través de su representante, de manera directa o por medios electrónicos, Recurso de Revisión ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California, o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación. |
Acuse de recibo de la solicitud para el ejercicio de Derchos ARCO, para la verificación de los plazos de respuesta y posibles notificaciones |
En todo momento la persona titular o su representante podrán solicitar al responsable, el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de los datos personales que le conciernen. Para el ejercicio de los derechos ARCO será necesario acreditar la identidad de la persona titular y, en su caso, la identidad y personalidad con la que actúe la persona representante. La persona titular podrá acreditar su identidad a través de los siguientes medios: Identificación oficial; Instrumentos electrónicos o mecanismos de autenticación permitidos por otras disposiciones legales o reglamentarias que permitan su identificación fehacientemente, o; Aquellos mecanismos establecidos por el responsable de manera previa, siempre y cuando permitan de forma inequívoca la acreditación de la identidad de la persona titular. Para la persona representante legal, será: Copia simple de la identificación oficial de la persona titular; Identificación oficial de la persona representante, e; Instrumento público, o carta poder simple firmada ante dos testigos, o declaración en comparecencia personal de la persona titular. |
3 |
1 |
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Unidad de Transparencia y Acceso a la Información |
10/10/2023 |
10/10/2023 |
|
2023 |
01/07/2023 |
30/09/2023 |
Solicitud de Acceso a la Información Publica |
Directo |
Toda la ciudadanía |
Cualquier persona por sí misma o a través de su representante legal podrá presentar una solicitud de acceso a la información ante la Unidad de Transparencia |
La persona solicitante deberá indicar la modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser verbal, siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos, los cuales serán proporcionados por la persona solicitante. |
I. Nombre o en su caso, los datos generales de su representante (opcional); II. Domicilio o medio para recibir notificaciones; III. La descripción de la información solicitada; IV. Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización (opcional); V. La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información. |
Escrito libre o formato de solicitud de acceso a la información, de ser el caso de escoger este medio |
|
02/01/2021 |
10 días hábiles, los cuales pueden ampliarse por 10 días más por una sola ocasión, prevía aprobación de Comité de Transparencia y notificación a la persona solicitante antes del vencimiento del plazo establecido. |
Dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente al que recibió la solicitud de información |
10 días hábiles para atender la prevención, contados a partir del día siguiente al de la notificación. |
Durante un plazo mínimo de 60 días, contado a partir de que el solicitante hubiere realizado, en su caso, el pago respectivo, la Unidad de Transparencia tendrá disponible la información solicitada. Transcurridos dichos plazos, los sujetos obligados darán por concluida la solicitud y procederán, de ser el caso, a la destrucción del material en el que se reprodujo la información. |
3 |
Verificación que la solicitud de información, cumpla con los requisitos previstos en el artículo 117 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y sea clara en su petición para estar en posibilidades de dar tramite a la solicitud. |
Servicio gratuito |
El servicio es Gratuito de acuerdo a lo establecido en los Artículos 3 fracción I, 78 y 113 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California. |
Servicio gratuito |
Título Séptimo Capítulo I del Procedimiento de Acceso a la Información de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California. |
La persona solicitante podrá interponer por sí misma o a través de su representante, de manera directa o por medios electrónicos, Recurso de Revisión ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California, o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación. |
Acuse de recibo de la solicitud de acceso a la información pública, para la verificación de los plazos de respuesta y posibles notificaciones |
La Solicitud de Acceso a la Información Pública, es un escrito que las personas presentan ante las Unidades de Transparencia de los Sujetos Obligados, por el que pueden requerir el acceso a información pública que se encuentra en documentos que generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven, en cualquier soporte documental existente dentro de sus archivos, en el ejercicio de sus facultades y obligaciones. Es presentada cuando una persona requiere ejercer su derecho de acceso a la información, el cual comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información y puede dirigirla a cualquier autoridad, entidad, órgano, y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los ámbitos federal, de las entidades Federativas y municipal (todos ellos conocidos como sujetos obligados). |
3 |
1 |
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Unidad de Transparencia y Acceso a la Información |
10/10/2023 |
10/10/2023 |
|