Fecha de elaboración | ||
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22 | 3 | 2019 |
Fecha de actualización | ||
4 | 9 | 2024 |
DEPENDENCIA | DEPARTAMENTO |
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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO | Supervisión y permisos |
NOMBRE DEL TRÁMITE O SERVICIO | TIEMPO DE RESPUESTA | VIGENCIA |
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Solicitud de Cambio de Nombre Comercial | 10 días | Por única vez |
TIPO DE USUARIO | DOCUMENTO A OBTENER |
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Física y Moral | Oficio de Cambio de Nombre Comercial |
FORMATO A UTILIZAR | FORMATO |
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Solicitud de Cambio de Nombre Comercial | http://mexicali.gob.mx/webpub/tramites/media/documents/f104c303-bda1-42ed-a7b8-af2a4312544b.pdf |
DESCRIPCIÓN |
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Llenar formato para solicitar el cambio de nombre comercial, y anexar todos los requisitos. |
ACTIVIDADES PARA REALIZAR EN EL TRÁMITE |
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REQUISITOS | ORIGINAL | COPIA |
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Identificación oficial del solicitante | 0 | 1 |
Permiso permanente | 0 | 1 |
En caso de ser persona moral o representante del propietario presentar Poder Notariado. | 0 | 1 |
Solicitud de cambio de nombre comercial. | 1 | 1 |
No adeudo Municipal | 0 | 1 |
DOMICILIO | HORARIO DE ATENCIÓN |
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Palacio Municipal 2do. Piso, Calz. Independencia no.998, Centro Cívico, Mexicali, Baja California, 21000 |
Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 |
TELÉFONOS | SITIO DE INTERNET |
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5 58 16 00 Ext. 1698 |
https://www.mexicali.gob.mx/webpub/tramites/Tramite/todos |
RESPONSABLE DE RESOLVER |
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C. Carlos Lizandro Velarde - Jefe del Departamento de Supervisión y Permisos |
COSTO | LUGAR DE PAGO | FORMAS DE PAGO |
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Variable |
Recaudación de Rentas Municipal |
Efectivo,Tarjeta de débito,Tarjeta de crédito,Transferencía,Cheque |
DETALLES DEL COSTO |
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Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal vigente (2024). (Artículo 23, fracción X, inciso c)). c).- Por el cambio de nombre comercial se pagará 10% sobre el valor del permiso. |
CRITERIOS PARA RESOLVER |
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Los trámites solicitados que no estén debidamente integrados con lo estipulado en los reglamentos en la materia, no se le dará seguimiento hasta cumplir con ello. Ningún servidor público del gobierno municipal, está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en este documento, así como tampoco para solicitar pagos por la realización del trámite. |
MARCO NORMATIVO |
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Ley para la venta, almacenaje y consumo público de bebidas alcohólicas del Estado de Baja California. (Artículo 2 último párrafo). Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal vigente (2024). (Artículo 23 fracción X inciso c)). Reglamento para la Venta, Almacenaje y Consumo público de Bebidas Alcohólicas para el Municipio de Mexicali, Baja California. (Artículo 59, Fracción I). Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Mexicali, Baja California. (Articulo 40, fracción XIII, Artículo 48, fracción I a la X). |
AUTORIZACIÓN | ||
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C. Carlos Lizandro Velarde - Jefe del Departamento de Supervisión y Permisos | Lic. Columba Vanessa Gastelum Grijalva - coordinador administrativo | Lic. Daniel Humberto Valenzuela Alcocer - Secretario del Ayuntamiento |
ELABORÓ | REVISÓ | AUTORIZÓ |