Ayuntamiento de Mexicali

Registro de Trámites y Servicios

CLAVE: RETYS-DTM-7
Fecha de elaboración
31 1 2020
Fecha de actualización
17 5 2024
DEPENDENCIA DEPARTAMENTO
TESORERÍA MUNICIPAL Recaudación de Rentas
NOMBRE DEL TRÁMITE O SERVICIO TIEMPO DE RESPUESTA VIGENCIA
Impuesto a Centros de Apuestas, Apuestas Remotas, Salas de Sorteos, de Números y/o Casinos. 1 días 1 Meses
TIPO DE USUARIO DOCUMENTO A OBTENER
Física y Moral Recibo de pago
FORMATO A UTILIZAR FORMATO
http://mexicali.gob.mx/webpub/tramites/media/documents/4e233b6b-c7d9-467d-91b3-8ae46d75bc1d.pdf
DESCRIPCIÓN

Impuesto a permisionarios que derivado de sus actividades de juegos con apuestas o sorteos que proceden de juegos con apuestas, que otorguen en efectivo o en especie al amparo de un permiso federal otorgado por la Secretaría de Gobernación o de una resolución judicial que haya causado estado, registrados y reconocidos en la página oficial de la citada Secretaría de Gobernación.

ACTIVIDADES PARA REALIZAR EN EL TRÁMITE

     1.- Llenar el formato de Impuesto a Centros de Apuestas Salas de Sorteos 

     2.- Presentar  el formato llenado junto con los requisitos solicitados

     3.- Tramitar declaración ante Autoridad Recaudadora.

REQUISITOS ORIGINAL COPIA
Declaración de Impuestos Municipales 1 1
Poder Notarial del Representante o Apoderado Legal 1 0
Identificación del Representante o Apoderado Legal 1 1
Presentar el formato de impuesto a centros de apuestas, sala de sorteos 1 0
DOMICILIO HORARIO DE ATENCIÓN
PALACIO MUNICIPAL 2DO. PISO, CALZ. INDEPENDENCIA NO.998 CENTRO CIVICO MEXICALI BAJA CALIFORNIA 21000
Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00
TELÉFONOS SITIO DE INTERNET
686 558 1600
https://www.mexicali.gob.mx/webpub/tramites/Tramite/todos
RESPONSABLE DE RESOLVER
Coordinación Jurídica 686 558 16 00 Ext 1694
COSTO LUGAR DE PAGO FORMAS DE PAGO
Variable Recaudación de Rentas Municipal
Efectivo,Tarjeta de débito,Tarjeta de crédito,Transferencía,Cheque
DETALLES DEL COSTO

Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, Ejercicio Fiscal 2024. Artículo 5

ARTÍCULO  5.-  Son sujetos de este impuesto los permisionarios que, derivado de sus actividades de juegos con apuestas o sorteos que  proceden de   los juegos  con  apuestas y/o habilidades o destrezas, que otorguen premios en efectivo o en especie al amparo de un permiso federal otorgado por la  Secretaría de Gobernación o de una resolución judicial que haya causado estado, registrados y reconocidos en la página oficial de la citada Secretaría de Gobernación, pagarán este impuesto de acuerdo a lo siguiente:

Los permisionarios y organizadores de juegos con apuestas permitidas y/o habilidades o destrezas, calcularán este impuesto aplicando la tasa del 3.0% al valor nominal de los billetes, boletos, apuestas y  demás comprobantes que permitan la participación o la apuesta, deduciéndose a dicha base gravable el valor del premio efectivamente pagado o entregado a los participantes dentro de los primeros quince días de cada mes.

 

CRITERIOS PARA RESOLVER
MARCO NORMATIVO

Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, Ejercicio Fiscal 2024. Artículo 5. página 15.

 

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 115, Fracción IV.

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California Artículo 2, página 1

 

AUTORIZACIÓN
Bianka Ivonne Viramontes Cervantes. Jefe del Departamento de Recaudador de Rentas Roberto Sosa López. Coordinador Administrativo Roger R. Sosa Alaffita. Tesorero Municipal
ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ