Fecha de elaboración | ||
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13 | 7 | 2022 |
Fecha de actualización | ||
1 | 8 | 2022 |
DEPENDENCIA | DEPARTAMENTO |
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COORDINACIÓN DE FOMENTO Y DESARROLLO ECONÓMICO | Fomento Económico |
NOMBRE DEL TRÁMITE O SERVICIO | TIEMPO DE RESPUESTA | VIGENCIA |
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Sistema de Apertura Rápida de Empresas | 3 días | Por única vez |
TIPO DE USUARIO | DOCUMENTO A OBTENER |
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Física y Moral | 1.- Dictamen de Uso de Suelo 2.- Permiso de Imagen Urbana 3.- Licencia Ambiental Modalidad Operación 4.- Certificado de Equipo y Dispositivos de Seguridad |
FORMATO A UTILIZAR | FORMATO |
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http://mexicali.gob.mx/webpub/tramites/media/documents/18065f74-1cd1-4b35-ba44-a90a00b92e77.pdf |
DESCRIPCIÓN |
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El Ayuntamiento de Mexicali, en coordinación con la Direccion de Administración Urbana, la Dirección de Protección al Ambiente y el H. Cuerpo de Bomberos, a través del Centro de Atención Empresarial (C.A.E.), de la Coordinación de Fomento y Desarrollo Económico, une esfuerzos para apoyar a Micro y Pequeñas y Medianas empresas, las cuales generan importantes contribuciones al desarrollo económico y social, constituyendo una fuente primordial de innovación y crecimiento. El Sistema de Apertura Rapida de Empresas (S.A.R.E.) es un Sistema de Gestión Electrónica a través del cual se simplifican 4 trámites reducidos a un “formato único”, el cual nos permite la apertura de nuevos negocios de “bajo riesgo” menores a 100 metros cuadrados, en un tiempo máximo de 72 horas. Trámites a otorgar: Dirección de Administración Urbana Dirección de Protección al Ambiente - Licencia Ambiental Modalidad Operación. H. Cuerpo de Bomberos - Inspección. - Certificado de Equipo y Dispositivos de Seguridad.
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ACTIVIDADES PARA REALIZAR EN EL TRÁMITE |
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El S.A.R.E. consta de dos etapas que se tramitan a través de un formato único por medio de un sistema de gestión electrónica. Etapa I: Debera presentarse de manera fisica en el Modúlo del Centro de Atención Empresarial (C.A.E.) ubicado en Palacio Municipal 1er Piso frente a la Tesorería Municipal, con el formato único y el croquis de bomberos debidamente contestado, así como los requisitos requeridos de la etapa 1, y a su vez, verificar que el giro comercial es de bajo riesgo y menor a 100 metros cuadrados para tramitar el Dictamen de Uso de Suelo en un tiempo máximo de 72 horas. Si el Dictamen de Uso de Suelo es positivo, debera presentarse nuevamente de forma física ante el Centro de Atención Empresarial (C.A.E.) para ingresar la documentación de la etapa 2. II Etapa: Se gestionan los siguientes trámites en el Sistema de Apertura Rapido de Empresas (S.A.R.E.): • Licencia Ambiental Modalidad Operación. • Permiso de Imagen Urbana. • Certificación de Equipo y Dispositivos de Seguridad. En caso de respuesta positiva de las dependencias involucradas en la etapa 2, se le notificara al solicitante su estatus y la fecha de entrega de los permisos físicos. |
REQUISITOS | ORIGINAL | COPIA |
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DOMICILIO | HORARIO DE ATENCIÓN |
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Palacio Municipal. Segundo Piso. Calzada Independencia 998, Centro Cívico, Mexicali B.C. |
Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00 |
TELÉFONOS | SITIO DE INTERNET |
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+52 (686); 558-1600 Ext. 1882 |
https://www.mexicali.gob.mx/webpub/tramites/Tramite/todos |
RESPONSABLE DE RESOLVER |
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Ing. Victor Hugo Delgado Sanchez |
COSTO | LUGAR DE PAGO | FORMAS DE PAGO |
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Variable |
Recaudación de Rentas Municipal |
Efectivo,Tarjeta de débito,Tarjeta de crédito |
DETALLES DEL COSTO |
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Se calculara el costo del tramite conforme a los metros cuadrados del negocio segun corresponda en la Ley de Ingresos del año en vigor a realizar el tramite de cada una de las dependencias que otorgaran sus respectivos permisos. - Direccion de Administracion Urbana. - Direccion de Proteccion al Ambiente. - H. Cuerpo de Bomberos. |
CRITERIOS PARA RESOLVER |
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Únicamente califican para este tramite los comercios establecidos en locales ya dictaminados como ¨Comerciales¨, con una superficie de hasta 100 metros cuadrados y que sean clasificados como ¨Giros de bajo riesgo¨. Es importante que verifique que su giro sea de bajo riesgo, el cual puede verificar en la web oficial del Ayuntamiento en su catálogo de giros de bajo riesgo. En ningún caso aplicará para establecimientos para venta y/o degustación de bebidas alcohólicas. Es importante aclarar que el solicitante sea informado que en caso de presentar información falsa o apócrifa procederá la clausura de su establecimiento y le serán aplicadas las sanciones que la reglamentación determine. El Ayuntamiento de Mexicali se reserva el derecho de actuar administrativa y penalmente según corresponda. |
MARCO NORMATIVO |
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AUTORIZACIÓN | ||
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Mtro. Arturo Herrera Rangel | Mtro. Arturo Herrera Rangel | Ing. Victor Hugo Delgado Sánchez |
ELABORÓ | REVISÓ | AUTORIZÓ |