Fecha de elaboración | ||
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22 | 3 | 2019 |
Fecha de actualización | ||
23 | 5 | 2024 |
DEPENDENCIA | DEPARTAMENTO |
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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO | Comercio Ambulante |
NOMBRE DEL TRÁMITE O SERVICIO | TIEMPO DE RESPUESTA | VIGENCIA |
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Permiso Extraordinario de Comercio Ambulante | 15 días | 1 Meses |
TIPO DE USUARIO | DOCUMENTO A OBTENER |
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Física y Moral | Permiso Extraordinario |
FORMATO A UTILIZAR | FORMATO |
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Estudio de Factibilidad | http://mexicali.gob.mx/webpub/tramites/media/documents/08f4e497-f633-4489-9497-ef7ce52b8f0f.pdf |
DESCRIPCIÓN |
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Es la autorización por escrito expedida por la autoridad municipal, para el uso y ocupación de la vía pública, cuya vigencia será por uno o más días, sin exceder de un mes, con el objeto de realizar en esta, actividades sociales, comerciales, de prestación de servicios, o de otro tipo. |
ACTIVIDADES PARA REALIZAR EN EL TRÁMITE |
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REQUISITOS | ORIGINAL | COPIA |
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Madres y/o padres de personas con discapacidad, podrán recibir el beneficio de 50% de pago de derechos correspondientes, sin embargo, deberán presentar el certificado de discapacidad vigente expedido por el Departamento de Servicios Médicos Municipales. | 0 | 2 |
Solicitud dirigida al Secretario del Ayuntamiento por conducto del Jefe del Dpto. de Comercio Ambulante especificando: Modalidad (semifijo o ambulante), lugar, horario y giro, además de la información personal para contacto. | 1 | 0 |
Identificación oficial con fotografía. | 0 | 1 |
Acta de nacimiento, si el solicitante es menor de dieciséis años mayor de catorce años, deberá presentar autorización por escrito de sus padres o tutores. | 0 | 1 |
Comprobante de domicilio. | 0 | 1 |
Presentar anuencia firmada con datos del dueño o poseedor del bien frente al cuál pretende desarrollar la actividad, en el cual manifieste la NO INCONFORMIDAD. | 0 | 1 |
Si el giro es de alimentos, deberá presentar certificado de salud para manejadores de alimentos vigente, expedido por el Departamento de Servicios Médicos Municipales. | 0 | 1 |
Personas con discapacidad, estarán exentos de pago, sin embargo, deberán presentar el certificado de discapacidad vigente expedido por el Departamento de Servicios Médicos Municipales. | 0 | 2 |
Madres y/o padres solteros de menores de edad, podrán recibir el beneficio de 50% de pago de derechos correspondientes, sin embargo, deberán presentar documentos oficiales que acrediten la patria protestad del menor. | 0 | 2 |
DOMICILIO | HORARIO DE ATENCIÓN |
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Calle José María Morelos y Av. Reforma #508 Primera Sección, C.P. 21100, Mexicali, Baja California. |
Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 |
TELÉFONOS | SITIO DE INTERNET |
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5 53 46 15 Ext. 2105 |
https://www.mexicali.gob.mx/webpub/tramites/Tramite/todos |
RESPONSABLE DE RESOLVER |
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Oscar Cortez Hernández - Jefe del Departamento de Comercio Ambulante |
COSTO | LUGAR DE PAGO | FORMAS DE PAGO |
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Variable |
Comercio Ambulante - Caja Auxiliar |
Efectivo,Tarjeta de débito,Tarjeta de crédito,Transferencía |
DETALLES DEL COSTO |
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Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California para el Ejercicio Fiscal Vigente 2024, Artículo 22, fracción II, incisos a), b), c), e), y h), párrafo 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8. II.- Permisos Extraordinarios (de 1 a 30 días naturales) a).- Ambulantes ..3.96 veces (UMA) b).- Músicos ambulantes hasta tres integrantes ..3.96 veces (UMA), 1.- 4 o más integrantes ..1.32 veces por cada uno (UMA) c).- Semifijos ..6.61 veces (UMA) e).- Ambulantes con vehículo ..13.23 veces por vehículo (UMA) h).- Vendedor con vehículo Food Truck..8.32 veces por vehículo (UMA) Residentes de la zona rural, podrán recibir el beneficio de 25% en el pago de derechos correspondientes. Personas con discapacidad, estarán exentos de pago. Madres y/o Padres de personas discapacitadas, podrán recibir el beneficio de 50% en el pago de derechos correspondientes. Madres y/o Padres solteros, podrán recibir el beneficio de 50% en el pago de derechos correspondientes. Este beneficio se aplicará a un solo permiso, por lo que en el caso de que la persona contara con más de un permiso se aplicará la tarifa que corresponda al permiso del que se trate. |
CRITERIOS PARA RESOLVER |
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El trámite debe realizarse de manera personal, la vigencia de estos permisos es 1 ó más días sin exceder de un mes, al término de su vigencia pueda revalidar. El costo expresado corresponde al número UMA vigente de la zona económica a la que pertenece el Municipio. |
MARCO NORMATIVO |
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AUTORIZACIÓN | ||
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Oscar Cortez Hernández - Jefe del Departamento de Comercio Ambulante | Lic. Columba Vanessa Gastelum Grijalva - Coordinador Administrativo | Lic. Daniel Humberto Valenzuela Alcocer - Secretario del Ayuntamiento |
ELABORÓ | REVISÓ | AUTORIZÓ |