- Nombre del trámite:
- Expedición Constancia de Registro para reposición de la Cartilla del Servicio Militar Nacional.
- Dependencia:
- SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
- Tiempo de respuesta:
- 15 Minutos
- Vigencia:
- 1 Meses
Descripción
- Trámite utilizado como comprobante para obtener duplicado de cartilla, el cual contará con una vigencia de 30 dias a partir de la fecha de expedición.
Tipo de usuario
Documento a obtener
Donde acudir
Lugar | Dirección | Teléfono | Horario |
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Junta Municipal de Reclutamiento | Av. Reforma y Calle Morelos No. 508, Zona Centro, Mexicali, B.C. | Junta Municipal de Reclutamiento |
Lunes - Viernes de 08:00 a 15:00
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Requisitos
- Identificación oficial con fotografía.
- Se encuentre inscrito en la base de datos del Sistema de Cartilla Militar.
- Comprobante de pago
Actividades para realizar el trámite
- El interesado debe acudir a la oficina de la Junta Municipal de Reclutamiento para solicitar información sobre el duplicado de cartilla.
- Realizar la búsqueda del registro en la Base de Datos del Sistema de Cartillas.
- El interesado realiza el pago correspondiente en la caja Auxiliar de Recaudación de Rentas del Municipio, ubicada en el Centro Histórico.
- Una vez recibido el comprobante de pago se elabora la constancia y pasa a firma del jefe del departamento.
- Se entrega la constancia al interesado para que acuda a la 2da. Zona Militar en la Ciudad de Tijuana, B.C. a solicitar el duplicado de su Cartilla Militar.
Costo
Ley de ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el Ejercicio Fiscal 2024
Artículo 52.- Los certificados, copias certificadas, legalización de firmas y demás servicios administrativos proporcionados por las dependencias Municipales, de los cuales no exista tarifa especificada en otro apartado de esta Ley, se pagarán conforme a la siguiente Tarifa.
Fracción I.- Certificación en general por documento .... 1.32 veces (UMAS)
Lugar de Pago
Formas de Pago
Criterios para resolver
El interesado deberá estar registrado en la Base de Datos de la Junta Municipal de Reclutamiento.
Ningún servidor público del Gobierno Municipal, está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en este documento, así como tampoco para solicitar pagos por la realización del trámite.
Marco Normativo
Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el Ejercicio Fiscal 2024. Artículo 52, fracción I,
Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Mexicali, Baja California, Artículo 50, fracción III.