- Nombre del trámite:
- Licencia de Construcción de Obra Menor Habitacional
- Dependencia:
- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN URBANA
- Tiempo de respuesta:
- 15 días hábiles
- Vigencia:
- 9 Meses
Descripción
Es la licencia que se otorga para:
- Construcciones Habitacionales menores a los 60 m².
- Ampliaciones, reparaciones y remodelaciones en primeros niveles menores a los 60 m².
- Construcción de bardas, fachadas e instalación de cercos menores a los 2.5 m. de altura.
- Demoliciones menores a los 60 m².
* La vigencia de la Licencia en demoliciones es de 90 días.
* La vigencia de la Licencia de Obra Menor es de 180 días.
Tipo de usuario
Documento a obtener
Donde acudir
Lugar | Dirección | Teléfono | Horario |
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Dirección de Administración Urbana | Palacio Municipal 2do. piso, Calz. Independencia No. 998 Centro Cívico Mexicali Baja California 21000 | Teléfono |
Lunes - Viernes de 08:00 a 15:00
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Requisitos
1.- Comprobante de Propiedad (Escrituras o Inscripción ante el RPPC).
2.- Deslinde Catastral Certificado.
3.- Comprobante de Pago de Impuesto Predial.
4.- Proyecto Completo (con la descripción de las dimensiones y nombre de cada uno de los espacios, detalles constructivos y especificaciones de materiales a utilizar).
*En caso de realizar tramite presencial deberá ingresar copia de la documentación, proyecto impreso en tamaño doble carta y formato de solicitud impreso en una sola hoja por ambos lados*
Actividades para realizar el trámite
1.- Llenar la solicitud de Licencia de Construcción (Formato LC-1).
2.- Presentar o enviar la solicitud y los documentos que se requieren (En caso de requerir apoyo para el llenado de la solicitud y la carga de los documentos puede usted acudir a la Dirección de Administración Urbana para recibir el apoyo y la orientación).
3.- Personal del Departamento analizará la información de la solicitud y documentos para generar el recibo de pago.
4.- Deberá efectuar su pago en línea o en las oficinas de Recaudación de Rentas Municipal.
5.- El recibo pagado deberá adjuntarlo en línea para proceder con su trámite o bien, entregarlo en las oficinas de la Dirección de Administración Urbana.
LA CONTRATACIÓN DE GESTOR DE TRÁMITES ES OPCIONAL*
Costo
Establecido en la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali Baja California, para el ejercicio fiscal del 2022 en el Art. 36 Fracc. I encontrará las descripciones de los trámites que realiza Licencias de Construcción cada uno indica la cantidad de UMA que debe multiplicar por su valor ($103.74), obteniendo el costo total del trámite.
veces UMA x $103.74
Se agregará el 50% de tarifa en caso de Regularización.
Lugar de Pago
Formas de Pago
Criterios para resolver
Cumplir con requisitos y normatividad vigente.
Marco Normativo
- Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California. - Ley de Edificaciones del Estado de Baja California - Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali del Estado de Baja California - Reglamento de Edificaciones para el municipio de Mexicali Baja California. - Normas técnicas complementarias de la ley de edificaciones.