Nombre del trámite:
Revisión para la autorización del Programa Interno de Protección Civil
Dependencia:
SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
Tiempo de respuesta:
10 días naturales
Vigencia:
12 Meses
Descripción

La revisión y validación del Programa Interno de Protección Civil, garantiza que las Dependencias, Entidades, Instituciones u Organismos del sector público, privado y social den cumplimiento a lo establecido en la Ley general de Protección Civil y sus normas mexicanas, ya que este documento es obligatorio en nuestro país.

Tipo de usuario
Moral
Documento a obtener
Validación del Programa Interno de Protección Civil
Donde acudir
Lugar Dirección Teléfono Horario
Protección civil Av. Alfonso Esquer Sandez s/n, Zona centro, Mexicali, Baja California, 21000 Protección Civil
Lunes - Viernes de 08:00 a 15:00
Requisitos

1.   Solicitud (formato PC-2).

2.   Recibo de pago de derechos.

3.   Acta constitutiva de la empresa o institución (en caso de que aplique).

4.   Poder legal (en caso de que aplique).

5.   Dictamen de uso de suelo (en caso de que aplique) de acuerdo al módulo 3 apartado 3.1 sección 3.1.1.1 de la guía para elaboración y actualización del programa de Protección Civil Estatal.

6.   Asesor externo o Unidad Interna de Protección Civil (que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos  39 y 40 de la Ley General de Protección Civil que se elabore de acuerdo a la guía técnica para la elaboración e instrumentación del Programa Interno de Protección Civil y/o guía para la elaboración y actualización del Programa de Protección Civil Estatal).

7.   Carta de corresponsabilidad firmada por ambas partes (cuando aplique).

8.   Póliza de seguros de cobertura amplia y responsabilidad civil (vigente).

9.   Plan de contingencia autorizado por la Dirección del Heroico Cuerpo de Bomberos (vigente).

10. Certificado de dispositivos de seguridad emitido por la Dirección del Heroico Cuerpo de Bomberos (vigente).

11. Comprobar la capacitación al personal mediante constancias y evidencias fotográficas en temas de primeros auxilios, búsqueda y rescate, evacuación y repliegue, manejo de extintores y combate al fuego.

      ·  La impartición de cursos deberá de llevarse a cabo por personal autorizado y certificado ante la Secretaria del Trabajo y Previsión Social y/o la Coordinación Estatal de Protección Civil.

      ·  La capacitación y actualización tiene vigencia de un año a partir de su emisión.

12. Dictamen estructural emitido y avalado por un perito con registro vigente ante la Dirección de Administración Urbana de Mexicali. (solo se presentará en casos que apliquen de acuerdo a los supuestos establecidos en el módulo 3 apartado 3.1 sección 3.1.1.3 de la guía para elaboración y actualización del Programa de Protección Civil Estatal).

13. Dictamen de seguridad de las instalaciones de gas, emitido por una unidad de verificación autorizada por la Secretaria de Energía. (en caso de que aplique).

14. Dictamen de seguridad de la instalación eléctrica.

15. Planos arquitectónicos que contengan:

      ·  Planta de localización con un radio de influencia de 500 mts, identificando riesgos externos.

      ·  Información que indique el uso de cada espacio.

      ·  Rutas de evacuación.

      ·  Ubicación de dispositivos de seguridad: extintores, detectores de humos, alarma sonora y extrobotica, señalización, luces de emergencia, botiquín de primeros auxilios, puntos de reunión seguros. 

      ·  Todos los planos deberán de ser a escala y que sean legibles.

16. Hojas de datos de seguridad (en caso de que aplique).

17. Bitácoras de mantenimiento de los programas anuales.

18. Formatos de simulacros (con fotografías).

Actividades para realizar el trámite

1. Presentar solicitud debidamente llenada mediante el formato “PC-2”.

2. Se registra la solicitud y se abre un expediente.

3. Mediante la expedición de una orden de pago, el usuario deberá cubrir los derechos correspondientes señalados en la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para lo que deberá acudir a las cajas de la oficina de Recaudación de Rentas del Ayuntamiento (1er. piso Casa Municipal, Calz. Independencia 998, Col. Centro Cívico).

4. Una vez realizado el pago, el usuario deberá entregar la copia del recibo pagado a la Unidad Municipal de Protección Civil, donde a partir de este momento se inicia con el análisis del documento, empezando a correr el término de 10 días para la respuesta.

5. Derivado del análisis del documento y la inspección física del lugar, se emiten recomendaciones para que sean subsanadas, regresando el documento al interesado para su corrección y dando oportunidad para que una vez atendidas y subsanadas, se reingrese nuevamente para su aprobación.

Costo
Variable

Artículo 53, fracción II, inciso b), de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal del 2024.

b) Programa interno de Protección Civil:

1.- Por primera revisión:

     Hasta 120m² ...................................... 44.10 veces UMA

      De 121 a 500m² ............................... 73.08 veces UMA

      De 501 a 1,000m² ........................... .146.16 veces UMA

      De 1,001m² en adelante ...................291.06 veces UMA

2.- Por segunda revisión........................  7.56 veces UMA

3.- Por tercera revisión........................... 7.56 veces UMA

El costo expresado corresponde al número de unidad de medidas y actualización vigente de la zona económica a la que pertenece el municipio.

(Exención de Derechos a Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, como lo establece el Art. 19 de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio Fiscal del 2024).

Lugar de Pago
Recaudación de Rentas Municipal
Formas de Pago
Efectivo,Tarjeta de débito,Tarjeta de crédito,Cheque

Última modificación: 04/abr./2024
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Ayuntamiento de Mexicali
Calzada Independencia 998, Centro Cívico
C.P. 21000, Mexicali, Baja California
T. (686) 558.1600
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