- Nombre del trámite:
- Permiso Especial
- Dependencia:
- SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
- Tiempo de respuesta:
- 3 días hábiles
- Vigencia:
- Por única vez
Descripción
Es la autorización por escrito expedida por la autoridad municipal, para el uso y ocupación de la vía pública, con el objeto de realizar en esta, actividades sociales, comerciales, de prestación de servicios, o de otro tipo.
Tipo de usuario
Documento a obtener
Donde acudir
Lugar | Dirección | Teléfono | Horario |
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Comercio Ambulante | Calle José María Morelos y Av. Reforma #508 Primera Sección, C.P. 21100, Mexicali, Baja California. |
Comercio Ambulante
5 53 46 15 2105
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Lunes - Viernes de 08:00 a 15:00
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Requisitos
- Solicitud dirigida al Secretario del Ayuntamiento (escrito libre) por conducto del Jefe del Departamento especificando: Modalidad (semifijo o ambulante), además deberá expresar el objeto de la actividad, lugar o lugares en donde se pretende llevar a cabo, horario, número de personas que participarán y medios con los cuales se identificarán.
- Identificación oficial con fotografía.
- Certificado médico de manejo de alimentos (En caso de vender alimentos)
Actividades para realizar el trámite
- El Solicitante debe presentarse a las oficinas del Departamento y presentar por escrito su petición en la cual deberá expresar: el objeto de la actividad, lugar o lugares en donde pretende llevar a cabo la actividad, número de personas que participarán y medios con los cuales se identificarán.
- El personal del Departamento procederá a:
- Se turnará la petición al Jefe del Departamento para que emita una resolución y de ser procedente se pasará para su antefirma de visto bueno.
- Se emitirá el permiso para firma de autorización del Jefe del Departamento.
- Se le hará entrega del permiso autorizado para firma de recibido.
Costo
Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California para el Ejercicio Fiscal Vigente, Artículo 22, fracción I, inciso l), fracción II, inciso f).
Fracción I,
l).- Aquellos permisos que se otorguen a institución municipal de asistencia social y/o fideicomiso y/o patronato autorizado, para operar dentro de la circunscripción territorial delimitada por el Decreto que declara como "Área Parcial de reactivación Comercial y de Uso Turístico Intensivo"............. EXENTO
Fracción II,
f).- Permiso Especial para la ocupación de la vía pública para el desarrollo de actividades sociales u otro tipo de actividades............................. EXENTO
Lugar de Pago
Formas de Pago
Criterios para resolver
El trámite debe realizarse de manera personal, el permiso podrá autorizarse por uno o más días o por varias horas.
Marco Normativo
- Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California para el Ejercicio Fiscal Vigente, Artículo 20, fracción I, inciso l), fracción II, inciso f).
- Reglamento para el Ejercicio del Comercio, o de otras Actividades en la Vía o Bienes Públicos del Municipio de Mexicali, Baja California, Artículo 4, 17 y 18.
- Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Mexicali, Baja California, Artículo 40, fracción XIV y 49.