Dirección de Desarrollo Rural y Delegaciones

Dirección de Desarrollo Rural y Delegaciones

A la Dirección de Desarrollo Rural y Delegaciones le corresponde conducir la operación de las Delegaciones Municipales, promover el desarrollo integral de las comunidades que se ubiquen dentro de éstas, y supervisar a las Juntas de Mejoramiento, Moral, Cívico y Material que operen en el Municipio, encargándose de:

I.- Asegurarse de que las actividades administrativas a cargo de las oficinas de las Delegaciones, se lleven a cabo de manera uniforme con las políticas y lineamientos de la administración pública municipal.
II.- Coordinar y asesorar a los Delegados en el desempeño de sus funciones;
III.- Promover la descentralización de funciones a las Delegaciones Municipales, a fin de facilitar el acceso y ampliar la cobertura de los servicios municipales;
IV.- Promover el desarrollo de actividades productivas, de desarrollo social, obras y servicios públicos, en las Delegaciones Municipales;
V.- Operar los servicios de alumbrado público, limpia, mantenimiento y construcción de vialidades, en las comunidades que formen parte de las Delegaciones Municipales, y gestionar la adecuada prestación de los demás servicios públicos, a cargo de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, o de dependencias o entidades de otros órdenes de gobierno;
VI.- Vincular y coordinar en las Delegaciones Municipales, la ejecución de los programas a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, así como de dependencias y entidades de otros órdenes de gobierno;
VII.- En los casos en que se puedan generar consecuencias para dos o más Delegaciones, establecer coordinación y conjuntar esfuerzos con instituciones involucradas en el desarrollo de las zonas que se encuentren dentro de su territorio;
VIII.- Promover la instrumentación de procesos de planeación por zonas, para el desarrollo de las comunidades ubicadas en la jurisdicción de las Delegaciones Municipales;
IX.- Fomentar la capacitación y actualización de los Delegados Municipales en relación con la normatividad que les corresponda observar y aplicar;
X.- Intervenir en los asuntos de competencia municipal que se presenten en las Delegaciones cuando así lo instruya el Presidente Municipal; y,
XI.- Supervisar que las Juntas de Mejoramiento, Moral, Cívico y Material ubicadas en el Municipio cumplan con las disposiciones establecidas en la Ley y con reglamento municipal en la materia; e,
XII.- Informar semestralmente a la Comisión de Desarrollo Rural, sobre las acciones realizadas por la dependencia.
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