- Nombre del trámite:
- Dictamen de Uso de Suelo
- Dependencia:
- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN URBANA
- Tiempo de respuesta:
- 15 días hábiles
- Vigencia:
- Por única vez
Descripción
Es el instrumento administrativo otorgado por la autoridad responsable de la Administración Urbana que norma el aprovechamiento de los predios o inmuebles, precisa el Uso del Suelo, la densidad e intensidad de aprovechamiento u ocupación, así como las restricciones aplicables a los mismos, con base en los programas y los planes de desarrollo urbano.
Tipo de usuario
Documento a obtener
Donde acudir
Lugar | Dirección | Teléfono | Horario |
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Dirección de Administración Urbana | Palacio Municipal 2do. piso, Calz. Independencia No. 998 Centro Cívico Mexicali Baja California 21000 | Teléfono |
Lunes - Viernes de 08:00 a 15:00
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Requisitos
1.- Deslinde Catastral Certificado (copia)
2.-Constancia de Propiedad (Escrituras, RPPC, Contrato que acredite su posesión legal) (copia)
3.- Fotografías (4 como mínimo)
4.- Identificación oficial original y copia (INE, Licencia de conducir o pasaporte Mexicano)
5.- El gestor deberá presentar carta poder ante dos testigos. (original)
6.- El representante legal deberá presentar poder notarial con facultades para actos de dominio. (copia).
7.- Formato impreso en una sola hoja por ambos lados.
NOTA; *EN EL CASO DE QUE EL PREDIO TENGA ALGÚN CAMBIO POR FUSIÓN, SUBDIVISIÓN O CAMBIO DE CLAVE CATASTRAL, DEBERÁ PRESENTAR DESLINDE ACTUALIZADO.*
Actividades para realizar el trámite
1.- Llenar la solicitud de Uso de Suelo (Formato S-US).
2.- Presentar o enviar la solicitud y los documentos que se requieren (En caso de requerir apoyo para el llenado de la solicitud y la carga de los documentos, puede usted acudir a la Dirección de Administración Urbana para recibir el apoyo y la orientación).
3.- La Dirección de Administración Urbana analizará la información de la solicitud y documentos para generar el recibo de pago.
4.- Deberá efectuar su pago en línea o en las oficinas de Recaudación de Rentas Municipal.
5.- El recibo pagado deberá adjuntarlo en línea para proceder con su trámite, o bien, entregarlo en las oficinas de la Dirección de Administración Urbana.
LA CONTRATACIÓN DE GESTOR DE TRÁMITES ES OPCIONAL*
Costo
Dentro de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, Baja California, para el ejercicio fiscal del 2024, en el Art. 39 Fracc. I, encontrará el giro comercial que desea manejar, en este se indica la cantidad de UMA que se debe multiplicar por su valor, obteniendo el costo total del trámite.
Se agregará el 50% de la tarifa en caso de regularización.
Lugar de Pago
Formas de Pago
Criterios para resolver
Los que señale la normatividad aplicable de acuerdo al uso y zona propuesta para desarrollo.
1.-En los casos de zona rural se le solicitará levantamiento topográfico.
2- Copia de las escrituras o inscripción al RPPC, título de propiedad y en caso de que el predio o local sea arrendado, presentar contrato de arrendamiento.
3.-Debe agregar como mínimo 4 fotografías de frente, alrededor, estacionamiento e interior del predio.
NOTA; *EN EL CASO DE QUE EL PREDIO TENGA ALGÚN CAMBIO POR FUSIÓN, SUBDIVISIÓN O CAMBIO DE CLAVE CATASTRAL, DEBERÁ PRESENTAR DESLINDE ACTUALIZADO.*
Marco Normativo
Ley de Hidrocarburos -Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California -Ley de Edificaciones del Estado de Baja California -Ley para la venta, Almacenaje y Consumo público de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California -Programa de Desarrollo Urbano de Centro de Población -Reglamento de Edificaciones para el Municipio de Mexicali, Baja California -Reglamento para el Funcionamiento de establecimientos para Eventos Sociales o Fiestas en el Municipio de Mexicali, Baja California -Reglamento para la Venta, Almacenaje y Consumo público de Bebidas Alcohólicas para el Municipio de Mexicali -Reglamento General de Acciones de Urbanización para el Municipio de Mexicali, Baja California -Reglamento para Gasolineras -Reglamento de Estacionamientos del municipio de Mexicali, Baja California -Normas Técnicas para la Selección de Terrenos Destinados a Escuelas -Normas Técnicas complementarias de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California.