- Nombre del trámite:
- Sistema de Apertura Rápida de Empresas
- Dependencia:
- COORDINACIÓN DE FOMENTO Y DESARROLLO ECONÓMICO
- Tiempo de respuesta:
- 3 días hábiles
- Vigencia:
- Por única vez
Descripción
El Ayuntamiento de Mexicali, en coordinación con la Direccion de Administración Urbana, la Dirección de Protección al Ambiente y el H. Cuerpo de Bomberos, a través del Centro de Atención Empresarial (C.A.E.), de la Coordinación de Fomento y Desarrollo Económico, une esfuerzos para apoyar a Micro y Pequeñas y Medianas empresas, las cuales generan importantes contribuciones al desarrollo económico y social, constituyendo una fuente primordial de innovación y crecimiento.
El Sistema de Apertura Rapida de Empresas (S.A.R.E.) es un Sistema de Gestión Electrónica a través del cual se simplifican 4 trámites reducidos a un “formato único”, el cual nos permite la apertura de nuevos negocios de “bajo riesgo” menores a 100 metros cuadrados, en un tiempo máximo de 72 horas.
Trámites a otorgar:
Dirección de Administración Urbana
- Dictamen de Uso de Suelo
- Permiso de Imagen Urbana
Dirección de Protección al Ambiente
- Licencia Ambiental Modalidad Operación.
H. Cuerpo de Bomberos
- Inspección.
- Certificado de Equipo y Dispositivos de Seguridad.
Tipo de usuario
Documento a obtener
Donde acudir
Lugar | Dirección | Teléfono | Horario |
---|---|---|---|
Coordinación de Fomento y Desarrollo Económico | Palacio Municipal. Segundo Piso. Calzada Independencia 998, Centro Cívico, Mexicali B.C. |
Requisitos
Requisitos Etapa I
I. Copia del Recibo del Impuesto Predial vigente;
II. Presentar Deslinde Catastral;
III. Identificación oficial vigente del propietario del predio y solicitante del SARE (que puede consistir en credencial para votar, pasaporte mexicano vigente, cédula profesional o cartilla del servicio militar nacional);
IV. Para personas morales, acta constitutiva y poder notariado que acredite la representación legal;
V. Documento que acredite la legal posesión del inmueble donde se pretende desarrollar la actividad (Escritura pública, título de propiedad, contrato de compraventa o contrato de arrendamiento vigente, carta de préstamo del inmueble);
VI. Tres fotografías del local que indiquen: Fachada exterior (frente), Exterior (entorno frente al local) e Interior del inmueble.
Requisitos Etapa II
Para el Permiso Ecología:
Contrato del servicio de recolección de residuos sólidos urbanos de la Dirección de Servicios Públicos Municipales, anexar el nombre de la empresa particular que hará la recolección de la misma, o en su caso la empresa que se encargará de recolección de basura.
Para el Permiso del H. Cuerpo de Bomberos:
I. Llenar formato que se anexo.
II. Fotografías del interior del local a 360 grados, incluye: baño, extintor, contenedor de basura, señalamientos de salida de emergencia y ruta de evacuación, exterior del inmueble con colindancias y fachada completa;
III. Carta de proveedor de extintores autorizado por a H. Cuerpo de Bomberos que indique la vigencia.
En caso de instalación de anuncio presentar:
I. Texto del anuncio.
II. Croquis del anuncio y del lugar donde será instalado, cambiado y/o reconstruido.
III. Especificación de los materiales, incluyendo dibujo a escala del diseño del anuncio, dimensiones, forma de instalación, orientación, etc.
IV. En caso de ser anuncio estructural:
a) Firmada por responsable proyectista y director de obra, cuando el anuncio sea sostenido por estructura metálica o estructura de concreto o su área sea mayo a 6 M2.
b) Plano con vista en planta, alzado frontal y alzado lateral, detalle de la cimentación solo si este lo requiere.
c) Plano firmado siempre por el propietario y/o representante legal, responsable proyectista y director de obra.
d) En caso de contar con anuncios colocados, anexar fotografías y dimensiones correspondientes.
e) Fotografías en perspectiva de las fachadas, las que sean necesarias.
En caso de remodelación del Local:
I. Contar con Licencia de Remodelación emitida por la Dirección de Administración Urbana.
II. Contar con la autorización de Permiso de Accesos Viales emitido por el Departamento de Ingeniería y Transito de la Dirección de Administración Urbana.
Actividades para realizar el trámite
El S.A.R.E. consta de dos etapas que se tramitan a través de un formato único por medio de un sistema de gestión electrónica.
Etapa I: Debera presentarse de manera fisica en el Modúlo del Centro de Atención Empresarial (C.A.E.) ubicado en Palacio Municipal 1er Piso frente a la Tesorería Municipal, con el formato único y el croquis de bomberos debidamente contestado, así como los requisitos requeridos de la etapa 1, y a su vez, verificar que el giro comercial es de bajo riesgo y menor a 100 metros cuadrados para tramitar el Dictamen de Uso de Suelo en un tiempo máximo de 72 horas.
Si el Dictamen de Uso de Suelo es positivo, debera presentarse nuevamente de forma física ante el Centro de Atención Empresarial (C.A.E.) para ingresar la documentación de la etapa 2.
II Etapa: Se gestionan los siguientes trámites en el Sistema de Apertura Rapido de Empresas (S.A.R.E.):
• Licencia Ambiental Modalidad Operación.
• Permiso de Imagen Urbana.
• Certificación de Equipo y Dispositivos de Seguridad.
En caso de respuesta positiva de las dependencias involucradas en la etapa 2, se le notificara al solicitante su estatus y la fecha de entrega de los permisos físicos.
Costo
Se calculara el costo del tramite conforme a los metros cuadrados del negocio segun corresponda en la Ley de Ingresos del año en vigor a realizar el tramite de cada una de las dependencias que otorgaran sus respectivos permisos.
- Direccion de Administracion Urbana.
- Direccion de Proteccion al Ambiente.
- H. Cuerpo de Bomberos.
Lugar de Pago
Formas de Pago
Criterios para resolver
Únicamente califican para este tramite los comercios establecidos en locales ya dictaminados como ¨Comerciales¨, con una superficie de hasta 100 metros cuadrados y que sean clasificados como ¨Giros de bajo riesgo¨.
Es importante que verifique que su giro sea de bajo riesgo, el cual puede verificar en la web oficial del Ayuntamiento en su catálogo de giros de bajo riesgo.
En ningún caso aplicará para establecimientos para venta y/o degustación de bebidas alcohólicas.
Es importante aclarar que el solicitante sea informado que en caso de presentar información falsa o apócrifa procederá la clausura de su establecimiento y le serán aplicadas las sanciones que la reglamentación determine. El Ayuntamiento de Mexicali se reserva el derecho de actuar administrativa y penalmente según corresponda.
Marco Normativo
- Porgrama de Desarrollo Urbano de Centro de Poblacion 2025.
- Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California.
- Reglamento de Edificaciones para el Municipio de Mexicali.
- Ley de Ingresos para el Municipio de Mexicali 2022.
- Reglamento S.A.R.E. para el Municipio de Mexicali 2022.